La península de B.C. encabeza la
lista de los lugares con mayores casos de maltrato infantil ante el MP
Propone que ante
incumplimiento de la denuncia se apliquen las sanciones de multa o prisión
establecidas en el Código Penal
Mexicali,
B.C.,Al hacer uso de la tribuna del Congreso, la Diputada María del Carmen
Frías dijo que resulta vergonzoso que de acuerdo a UNICEF, entre las
naciones integrantes de la Organización para la Cooperación y Desarrollo
Económico (OCDE), México ocupa los primeros lugares en abuso y maltrato
infantil.
Desafortunadamente esta violencia es
en su mayoría, infringida principalmente por la madre, el padre, padrastro,
madrastra, tíos y abuelo, enfatizó la Legisladora,
bajo esta premisa el Sistema Nacional para el Desarrollo
Integral de la Familia, determinó que los Estados de Baja California y
Baja California Sur encabezan la lista de los lugares con mayores casos de
maltrato infantil ante el Ministerio Público, superando además, la media
nacional con respecto a este delito.
En el año de 2013, se incrementó
en el Estado en un 4 por ciento, destacando que se agudizó ya que el 67 por
ciento de los hogares en México viven algún tipo de violencia que repercute en
los menores, según ha informado el DIF en la entidad., así lo indicó en la
exposición de motivos de la Iniciativa de Reforma al artículo 12 de la Ley de
Protección y Defensa de los Derechos de los Menores y la Familia en el Estado
de Baja California, que presentó ante el pleno en la sesión del pleno del
Congreso .manifestó: no
podemos dejar de lado, -dijo- que el maltrato infantil repercute en el
desarrollo integral de nuestros niños, pues el menor se ve afectado en su
salud, en su capacidad de aprendizaje y sin duda en sus deseos de ir a la
escuela y en última instancia hasta podría provocarle la muerte,agregó que por
tal motivo, coincide plenamente con UNICEF, debido a que: “todos tenemos
la responsabilidad de hacer visible lo invisible, desde los gobiernos que
promulgan y hacen cumplir las leyes que prohíben la violencia contra los niños,
hasta los ciudadanos particulares que se niegan a permanecer en silencio cuando
son testigos del abuso o sospechan que existe”., Por
estas consideraciones, la Legisladora Carmen Frías expuso que pretende reformar
el artículo 12 de la Ley de Protección y Defensa de los Derechos de los Menores
y la Familia, para que cuando el personal de los planteles educativos de la
entidad, se percate del maltrato físico o psicológico del menor, esté obligado
a denunciarlo ante la Procuraduría para la Defensa de los Menores y la Familia
o bien cuando se presuma algún tipo de delito cometido en ellos.
Aunado a lo anterior, considera
conveniente el imponer una sanción para quienes siendo sujetos de la obligación
expuesta con antelación no lo hicieren, pues de lo contrario sería una norma
imperfecta, es por ello, que propone que ante tal incumplimiento, se aplique la
sanción prevista en el artículo 157 del Código Penal para el Estado,
correspondiente al delito de omisión de auxilio, que a la letra dice: “Al que
omita prestar auxilio a un menor expósito o abandonado o incapaz que no pueda
valerse por sí mismo, o a quien se encuentre herido, inválido o desamparado y
en peligro manifiesto en su persona, cuando según las circunstancias pudiere
hacerlo, sin riesgo propio ni de terceros, se le impondrá de seis meses a dos
años de prisión y hasta cien días multa”.
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