ACCIÓN
DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA DECRETO 168 SOLO FUE ADMITIDA A TRAMITE POR SCJN,
· Continúa avanzando el proyecto de la desoladora.
MEXICALI, B.C.- Martes 23 de
enero del 2018.- La admisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de la
acción de inconstitucionalidad presentada por Diputados de la XXII Legislatura,
implica que la inconformidad será estudiada por el pleno de dicho órgano
colegiado, cumpliendo a juicio del ministro instructor que fue presentada en
tiempo y con las formalidades mínimas exigidas por la Ley, sin que ello sea un indicador
de cualquier otra circunstancia, mucho menos la suspensión o invalidez del
decreto.
Así lo dio a conocer el Coordinador de Amparo de la Dirección
Jurídica Contenciosa del Gobierno del Estado, Christian Ornelas Islas, quien
señaló que en asuntos similares y recientes, diversos medios de impugnación se
han admitido para posteriormente ser desechados por improcedentes, tal y como
sucedió hace algunos días con un recurso de inconformidad presentado contra el
mismo decreto ante el Tribunal Electoral del Estado.
Ornelas
Islas precisó que aun y cuando el medio de impugnación fue admitido, al
resolver la sentencia de fondo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación
puede resolver que el decreto no reúne las características de generalidad y
abstracción, necesarias para la procedencia de la acción.
Finalmente,
el funcionario advirtió que en estos casos de temas de interés común, hay que
tener el cuidado de darle su debido significado a las actuaciones de los
órganos judiciales, para evitar la desinformación de la sociedad.
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