APRUEBA REFORMA QUE OTORGA ESTÍMULOS FISCALES A
EMPRESAS QUE CONTRATEN A PERSONAS ENTRE 30 Y 50 AÑOS DE EDAD.
•La inicialista, diputada Mónica Hernández, señaló que es la respuesta a la demanda social por falta de empleo
Mexicali, B. C. En respuesta a la demanda social por falta de oportunidades para las personas que tiene más de 35 años de edad, el pleno de la XXII Legislatura aprobó una reforma al artículo 13 de la Ley de Fomento a la Competitividad y Desarrollo Económico para el Estado de Baja California.
La reforma fue debatida con el dictamen número 3 de Comisión de Desarrollo Económico y Comercio Binacional, el cual fue aprobado de manera unánime en la reciente sesión ordinaria, misma que fue encabezada por el diputado Benjamín Gómez Macías, presidente de la Mesa Directiva de la Vigésima Segunda Legislatura.
La inicialista de esta reforma fue la diputada Mónica Hernández “La Chula”, quien expuso en los considerandos que su propuesta tiene como objetivo medular, adicionar el esquema 5 a la fracción I del artículo 13 de la mencionada ley, con el objeto de otorgar estímulos fiscales a las empresas que contraten a personas que se encuentren entre los 30 y 59 años de edad, en virtud de que los ciudadanos que se encuentran en este rango se quejan de que no hay oportunidades laborales suficientes para ellos, pues las ofertas de empleo están concentradas en sectores de la sociedad más jóvenes.
La citada ley de Fomento a la Competitividad y Desarrollo Económico establece tiempos limitativos a las empresas que con motivo de la realización de un proyecto de inversión, y en términos de los rubros y esquemas previstos en dicho ordenamiento, obtengan la puntuación relativa al Impuesto sobre remuneraciones al trabajo personal, estarán exentas del pago de las contribuciones que, conforme a los porcentajes, períodos y lineamientos que se estipulan, respecto a empleos nuevos y empleos existentes.
La reforma aprobada consiste adicionar el artículo 13, que se refiere al otorgamiento de los estímulos fiscales; porcentajes y períodos previstos en las disposiciones aplicables, así como los rubros y esquemas de puntuación.
Se adiciona con el esquema número 5 en el cual se establece la puntuación a que se harán acreedores las empresas que empleen a este sector de la sociedad: Personas que se encuentren comprendidas entre los 40 y 59 años de edad. a) De 1 a 10 empleos 1 punto b) De 11 a 50 empleos 2 puntos c) De 51 a 250 empleos 3 puntos d) De 251 a 500 empleos 4 puntos e) Más de 500 empleos
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