lunes, 23 de junio de 2014
SE LE PONEN “DIENTES” A LA LEY CONTRA EL BULLYING: DIP. ROBERTO DÁVALOS
Trae medidas de sanción para quien cometa actos de acoso escolar
Mexicali, B. C., viernes 20 de junio de 2014.- Para el personal escolar que incumpla con las disposiciones establecidas en la iniciativa de Ley para Prevenir y Erradicar el Acoso Escolar para el Estado de Baja California, conocida como “Ley contra el Bullying”, alcanzará suspensión en el ejercicio de sus labores docentes o administrativas. Lo anterior lo informó el Diputado Roberto Dávalos Flores, presidente de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales (CGLPC), quien explicó que estas suspensiones alcanzan un periodo de hasta por un año sin goce de sueldo y sin ser computados para efectos de antigüedad. Mencionó que esta iniciativa se enlistará el próximo jueves para su aprobación en la sesión del Pleno que se llevará a cabo en el municipio de Playas de Rosarito, la cual
contempla también la inhabilitación para desempeñarse en cualquier cargo del personal escolar por un año o más, o en forma definitiva al personal docente y administrativo.el titular de este Órgano Colegiado de la XXI Legislatura local, dijo: que la referida iniciativa quedará enmarcada en la Ley Escolar del Estado de Baja California y entrará en vigor a los 30 días hábiles siguientes de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Refirió que corresponderá a la Secretaría de Educación Pública Estatal, hacer el protocolo para la aplicación de esta ley, el cual debe diseñarse para que sea utilizado en todos los centros escolares, incluyendo los de educación privada.
El artículo 30 de la mencionada ley, explicó el diputado perredista, contiene las sanciones o medidas disciplinarias para los generadores de acoso escolar en las modalidades establecidas. entre ellas, el cese temporal de asistencia a clases del alumno, acompañado de las tareas que, de acuerdo al programa de estudio vigente, deba realizar durante el tiempo que determine el director escolar, así como la transferencia a otra escuela cuando se dé la reincidencia. También cuando la gravedad de la conducta de acoso escolar tenga consecuencias penales, se procederá dando parte a la autoridad competente, por mencionar algunas de las medidas punitivas que condensa esta ley, manifestó: el Diputado Dávalos Flores.
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