sábado, 15 de junio de 2013

LAS REFORMAS SON PARA BIEN: DIP JULIO FELIPE GARCIA MUÑOZ.

Mexicali, B.C. viernes 14 de junio de 2013.- La presencia de una Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, desde 2012, fortalece el sistema de instituciones del Estado, garantiza a los ciudadanos la persecución de los delitos electorales y brinda certeza a los ciudadanos, estableció el Diputado Julio Felipe García Muñoz, coordinador de la bancada parlamentaria del PRI en el Congreso del Estado., La reforma a los artículos  69 y 70 a la Constitución Política del Estado materializa la reforma constitucional del 30 de Noviembre de 2012, vigente, que creó la Fiscalía Especializada en delitos electorales para garantizar a los ciudadanos la investigación y persecución de los delitos que se cometan durante los procesos electorales.
 Otro de los aportes, comentó García Muñoz, es que se agregan a la constitución los requisitos y procedimientos que permitirán que el Congreso del Estado, por la mayoría calificada de sus integrantes y a través de una consulta pública, nombre a quien será el encargado de la investigación de los delitos electorales.
 “No estamos en contra de que se persigan estos delitos y anomalías que pudiesen existir; sin embargo si estamos en contra de que se haga sin tener facultades para ello, y fuera de todo ejercicio legal, porque la Constitución mandata qué organismo es el responsable de la investigación y persecución de los delitos electorales,  por lo que la reforma garantiza a la ciudadana sus garantías individuales y el pleno ejercicio de sus derechos político electorales”.

 El legislador bajacaliforniano aclaró que no se trata de una reforma fundamental a las leyes electorales sino a la constitución política del Estado.
 Se trata de una reforma a la institución del ministerio público que es la materia de procuración de justicia. La reforma realizada en noviembre se publicó  el día 30 de ese mes, cuando la fecha límite si le fuere aplicable este artículo, debía de haber sido el 3 de noviembre, y se encuentra vigente, esta situación robustece que no se trata de la materia electoral.
 Aunado a lo anterior, es de resaltarse que  no se trata de una reforma a la Ley Electoral Local, ni incide en la organización del Proceso Electoral, es inherente directamente a la investigación y persecución de delitos. en lo que respecta a la no publicación en el Periódico Oficial, cabe mencionar que tratándose de una reforma a la Constitución Local, en la que participa el Poder reformador del que no forma parte el Poder Ejecutivo, el primero puede establecer las fechas de vigencia, esto es así porque la declaratoria de incorporación a la carta magna es la etapa final en la que culmina el Proceso reformador a la Constitución, lo que no sucede en las reformas a leyes ordinarias en las que el ejecutivo al tener el derecho de veto y no hacer uso de él, está obligado a la publicación para la vigencia de una norma.
 El 112 de la Constitución Local, explicó García Muñoz, establece que para las reformas constitucionales se requiere de las dos terceras parte de los diputados y la mayoría a favor por parte de los ayuntamientos en la entidad, la misma se declara parte de la constitución, y al ser parte de la Constitución entran en vigor al momento de su incorporación a ésta, o bien en la fecha que determine el Poder Reformador.
 La convocatoria está dirigida a las organizaciones sociales representativas de los distintos sectores de la sociedad, así como a los organismos públicos y privados en la entidad.
 FECHAS
PRESENTACION DE SOLICITUDES: A partir del viernes 14 de Junio de 2013, hasta el término de las 15:00 horas del día martes 18 de Junio de 2013.
REVISION DE REQUISITOS: Martes 18 de junio de 2013.ENTREVISTA DE ASPIRANTES POR LA COMISION DE GOBERNACION: El día miércoles 19 de junio de 2013, a partir de las 9:00 horas.,PLENO DEL CONGRESO DESIGNA AL FISCAL ESPECIALIZADO EN DELITOS ELECTORALES: Miércoles 19 de junio de 2013.

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